Misión, Visión, Funciones y Deberes

Misión

La Alcaldía de Caldas, como entidad territorial, promueve y aporta al desarrollo integral para hacer de Caldas un municipio transformador, que enfrenta las diferentes formas de exclusión social, por medio del talento humano competente y con vocación de servicio, haciendo un uso adecuado y efectivo de los recursos públicos, contribuyendo a la sostenibilidad del municipio y mejorando la calidad de vida de los habitantes y de los diferentes grupos de valor.

Visión

Caldas, en el 2027 , será un territorio transformado a nivel social, económico, tecnológico y ambiental, con capacidad técnica, administrativa y operacional. Será un municipio incluyente, transparente, saludable; con un ordenamiento sostenible, al servicio del bienestar y mejoramiento de la calidad de vida de la población.

Funciones y deberes

  • ·        Administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determine la ley.
  • ·        Ordenar el desarrollo de su territorio y construir las obras que demande el progreso municipal.
  • ·        Promover la participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes.
  • ·        Planificar el desarrollo económico, social y ambiental de su territorio, de conformidad con la ley y en coordinación con otras entidades.
  • ·        Solucionar las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda, recreación y deporte, con especial énfasis en la niñez, la mujer, la tercera edad y los sectores discapacitados, directamente y en concurrencia, complementariedad y coordinación con las demás entidades territoriales y la Nación, en los términos que defina la ley.
  • ·        Velar por el adecuado manejo de los recursos naturales y del medio ambiente, de conformidad con la ley.
  • ·        Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes del respectivo municipio.
  • ·        Hacer cuanto pueda adelantar por sí mismo, en subsidio de otras entidades territoriales, mientras éstas proveen lo necesario.
  • ·        Las demás que le señale la Constitución y la ley.
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