SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
INSPECCIÓN PRIMERA URBANA DE POLICIA Adscrita según Decreto 0089 del 1º de noviembre de 2007 a la Secretaría de Planeación y Obras Públicas del municipio de Caldas Antioquia. FUNCIONES Delegadas por el Decreto Nº 0088 del 1º de noviembre de 2007, competente para tramitar y decidir todos los procedimientos por infracciones urbanísticas y la imposición de las sanciones a que haya lugar, y que actualmente se estén tramitando por cualquier autoridad municipal. MARCO NORMATIVO Ley 388 de 1.997 (Ordenamiento Territorial)) Ley 810 de 2003 (Modifica la ley 810 de 2003 en materia de sanciones urbanísticas). El artículo 103 de la Ley 388 de 1.997 quedará así: Infracciones Urbanísticas: Toda actuación de construcción, ampliación, modificación, adecuación y demolición de edificaciones, de urbanización y parcelación, que contravenga los planes de ordenamiento territorial y las normas urbanísticas que los desarrollan y complementan incluyendo los planes parciales, dará lugar a la imposición de sanciones urbanísticas a los responsables, incluyendo la demolición de la obras, según sea el caso, sin perjuicio de la eventual responsabilidad civil y penal de los infractores. Decreto 564 de 2006, sobre la Licencia Urbanística establece: “Es la autorización previa, expedida por el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente, para adelantar obras de urbanización, parcelación, loteo o subdivisión de predios; de construcción, ampliación, adecuación, reforzamiento estructural, modificación, demolición de edificaciones, y para la intervención y ocupación del espacio público, en cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificaciones adoptadas en el Plan de Ordenamiento Territorial, en los instrumentos que lo desarrollen o complementen y en las leyes y demás disposiciones que expedida el Gobierno Nacional”. NOTA: Queda incluido EL CERRAMIENTO y se debe obtener la respectiva Licencia.
ACTUACIONES Y PROCEDIMIENTOS
Las siguientes conductas son sancionables:
PROCEDIMIENTO.
DESTINO DE LAS MULTAS El producto de las multas ingresará al Tesoro Municipal.
OSCAR HENEL RAMIREZ OSORNO
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