Jesús Alberto Betancur Restrepo, Abogado, Maestrando en Derecho
caldastransito@une.net.co
Con base en el Decreto Municipal 0046 de 8 de abril de 2010 se podrá cancelar las multas morosas por concepto de tránsito por un valor del 50% del total adeudado; todo esto como aplicación de la Ley 1383 del 16 de marzo de 2010que sintetiza una series de modificaciones al Código Nacional de Tránsito y entre las mismas, se incluyo en el Parágrafo 2° del articulo 24 lo siguiente.
“A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley y por un periodo de doce (12) meses, todos los conductores que tengan pendiente el pago de infracciones de tránsito podrán acogerse al descuento previsto en el presente artículo.”
Decreto 0046 de 8 de abril de 2010 Ley 1383 del 16 de Marzo de 2010
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SEÑORES PROPIETARIOS DE REMOQUES Y SEMIREMOLQUES
Usted puede trasladar a la Secretaria de Transporte y Tránsito del Municipio de Caldas (Ant) el registro de su remolque y semiremolque y de esta manera podrá acceder de manera ágil a todos los trámites asociados con los mismos.
(Resolucion Nº 4775 del 01 de octubre de 2009 y Nº 5625 del 17 noviembre de 2009)
El secretario de Tránsito y Transporte del Municipio de Caldas (Ant) se permite informar a los señores:
Listado Licencias de conducción pendientes legalización
Que las anteriores licencias de conducción expedidas no serán reportadas a la pagina Web del Ministerio de Transporte en razón a que las consignaciones realizadas al Sirev y agrario nunca se hicieron (estafa) por parte del señor Rubén Arteaga con Cedula de ciudadanía 4.831.762 persona esta que oficiaba como tramitador.
En la Casa Municipal de la Cultura se está capacitando a conductores infractores dos días al mes al mismo tiempo que puede asistir cualquier ciudadano para ampliar su conocimiento en su actuar como peatón, conductor o usuario del servicio de transporte.
SEMANA DE LA SEGURIDAD VIAL
El Registro Único Nacional de Tránsito fue creado mediante la Ley 769 de 2002 y en concordancia con la Ley 1005 de 2006, como un sistema que permite registrar y mantener actualizada, centralizada, autorizada y validada toda la información relacionada con 11 registros; es decir, es una gran base de datos o repositorios de la información relacionada con los siguientes registros:
Automotores (RNA), Licencias de Tránsito (RNLT), Conductores (RNC), Centros de Enseñanza Automovilística (RNITT), Accidentes de Tránsito (RNAT), personasNaturales y Jurídicas que prestan servicios al sector (RNPNYJ), Seguros (RNS), Remolques y Semiremolques (RNRYS) y Maquinaria Agrícola y de Costrucción Autopropulsada (RNMA).
EL RUNT tiene como objetivofunciones básicas: validar información, autorizar la realización de trámites, registrar información, expedir certificados de información, consultar información desde los organismos de Tránsito, Dirección Territorial y otros actores.
EL RUNT entra en operación el 3 de noviembre de 2009, con siete registros: Automotores (RNA), licencias de Tránsito (RNLT), Conductores (RNC), Centros de Enseñanza Automovilística (RNCEA), Infracciones de Tránsito y Transporte (RNITT), Pesonas Naturales y Jurídicas que prestan servicios al sector (RNPNYJ) y Seguros (RNS)
Conocer más acerca del RUNT www.runt.com.co
Ley 769 de 2002 (Agosto 6) Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones.
Señales de Tránsito Las señales de tránsito se encuentran establecidas en el Artículo 55 ley 769 de 2002: Comportamiento del conductor, pasajero o peatón. Toda persona que tome parte en el tránsito como conductor, pasajero o peatón, debe comportarse en forma que no obstaculice, perjudique o ponga en riesgo a las demás y debe conocer y cumplir las normas y señales de tránsito que le sean aplicables, así como obedecer las indicaciones que les den las autoridades de tránsito.